Si has tenido un hijo, enhorabuena: a partir de 2026 la Seguridad Social te regalará meses de cotización al calcular tu jubilación

Publicado el 09/09/2025 por Diario Tecnología
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Si has tenido un hijo, enhorabuena: a partir de 2026 la Seguridad Social te regalará meses de cotización al calcular tu jubilación

A partir del 1 de enero de 2026, la Seguridad Social aplicará importantes cambios en el cálculo de la pensión de jubilación dirigidos a mejorar la situación de quienes han tenido que dejar de cotizar para cuidar de sus hijos. El objetivo de la nueva normativa es reducir el impacto de la crianza de los hijos en el cálculo de las pensiones. El Observatorio de la Solidaridad Intergeneracional estima que las mujeres jubiladas cobran una media del 18% menos pensiones que sus homólogos masculinos debido al efecto de la crianza de los hijos en su carrera profesional.

La reforma está recogida en el Real Decreto-ley 2/2023, que establece nuevas medidas para compensar los periodos sin cotización en el cálculo de bases de cotización de cara a la jubilación y beneficiará tanto a padres como a madres que hayan tenido interrupciones en su carrera laboral por el cuidado de sus hijos.

Integración de lagunas de cotización. La Seguridad Social podrá compensar los meses en que una persona no haya cotizado "rellenando" esos periodos sin aportaciones con una base de cotización mínima (en la actualidad esa base es de 1.323 euros al mes), para así evitar que esos periodos sin cotización penalicen de forma importante la pensión de jubilación o incapacidad.

Para calcular la pensión se consideran las bases de cotización de los últimos 25 años, y si hay meses sin cotizar, se pueden sustituir por una base mínima de cotización. No obstante, esta compensación solo se aplica al 100% en un máximo de 48 meses en los que puedan acreditarse cuidados parentales. Para meses adicionales, la base mínima se cuenta solo al 50%.

La maternidad penaliza más a las mujeres. Según apuntan desde el INE, las tasas de empleo de las mujeres de entre 25 a 49 años con hijos menores de 12 años son menores a las tasas de empleo de las mujeres de la misma edad sin hijos. Con la entrada en vigor de la nueva fórmula de revisión de lagunas de cotización, las mujeres que han tenido hijos podrán beneficiarse de hasta 60 meses al 100% y 24 meses adicionales al 80% en periodos sin cotización relacionados con maternidad o cuidados.

Tal y como destacan desde Capmany Abogados, los padres también podrán acogerse a esta medida si cumplen ciertas condiciones relacionadas con el nacimiento o adopción de hijos y las reducciones en sus cotizaciones. Si el hijo nació o fue adoptado antes de 1994, serán necesarios más de 120 días sin cotizar entre los nueve meses previos y los tres años posteriores al nacimiento o adopción.

Para los nacimientos o adopciones posteriores a 1995, se exige en los 2 años posteriores al nacimiento las cotizaciones se hayan reducido al menos un 15% (por una reducción de jornada, por ejemplo) con respecto a los 2 años anteriores.

Los autónomos se quedan fuera. La medida de corrección no afectará a los profesionales autónomos que se quedan fuera de esta medida de compensación por la crianza de los hijos. Sin embargo, desde la reforma que se aplicó el 18 de marzo de 2023, los autónomos pueden disfrutar de la integración de lagunas en la cotización rellenando el tiempo no cotizado con una base de 960,60 euros.

El único matiz es que la medida se desvincula de la crianza de los hijos y solo se puede aplicar si las lagunas se encuentran en los seis meses posteriores a un cese de actividad. Si durante la vida cotizada existen varios ceses de actividad y en ellos hay lagunas, podrá aplicarse a cada uno de ellos para calcular la pensión de jubilación.

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Imagen | Unsplash (Julian Hochgesang)

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