"Usted es imbécil": un aspirante a juez insultó por email a una funcionaria, y ahora el Supremo le ha 'enseñado la puerta'

Publicado el 25/06/2025 por Diario Tecnología
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"Usted es imbécil": un aspirante a juez insultó por email a una funcionaria, y ahora el Supremo le ha 'enseñado la puerta'

Que un juez insulte a una funcionaria es algo inaceptable. Que quien insulta aún no sea magistrado, sino un mero aspirante a juez sustituto, no sólo es inaceptable, sino también una torpeza, como ha podido comprobar el sujeto en cuestión tras confirmarse su exclusión del listado de plazas concedidas.

Ha tenido que ser una decisión del Tribunal Supremo la que confirme la no idoneidad del candidato en cuestión para el ejercicio de funciones jurisdiccionales en el año judicial 2024/2025 tras insultar por correo electrónico a una funcionaria del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV).

Los correos ofensivos

El protagonista del caso fue inicialmente considerado como posible candidato para el cargo de juez sustituto en la provincia de Valencia, habiendo sido baremado con 0,74 puntos en función de sus méritos profesionales.

Sin embargo, tras una revisión del expediente y a raíz de una serie de correos electrónicos enviados a una funcionaria del TSJCV, la Sala de Gobierno del tribunal decidió excluirlo de la propuesta final.

Las comunicaciones escritas incluyeron, entre otras, frases como las siguientes:

"En primer lugar, usted es imbécil, no ve que hay 200 certificados de participación en procesos, exclúyame que la denunciaré por prevaricación administrativa, va a ver entonces si soy abogado o no".
"Es increíble la cantidad de prepotentes y de gilipollas que hay en los juzgados de España, 20 años llevo aguantándolos".

Estos correos, enviados en distintas fechas, fueron considerados por la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) como "objetivamente vejatorios", incompatibles con los principios éticos exigidos para el desempeño de la función judicial.

La respuesta institucional: del CGPJ al Supremo

El aspirante recurrió la decisión administrativa ante el Tribunal Supremo, alegando que el contenido de los correos fue fruto de un "momento de indignación", motivado por una conversación telefónica previa con tono inapropiado iniciada por la propia funcionaria. Además, señaló que pidió disculpas y atravesaba una situación personal complicada.

No obstante, el Tribunal Supremo desestimó estos argumentos: la Sala Sexta de lo Contencioso-Administrativo consideró que el comportamiento del candidato no era compatible con la dignidad y ejemplaridad que se exige a quienes aspiran a ejercer funciones jurisdiccionales.

La sentencia subraya que los insultos fueron realizados de forma escrita, reiterada en el tiempo y dirigidos tanto a una persona concreta como al colectivo de funcionarios judiciales, lo que anula cualquier atenuante basado en una reacción puntual e impulsiva.

Cuando la idoneidad está más allá del currículum

La decisión judicial se fundamenta en varios principios legales. El artículo 201.3 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y el artículo 92 del Reglamento 2/2011 de la Carrera Judicial establecen que, si bien se valoran méritos como la experiencia profesional o docente, estos pueden quedar anulados por la constatación de falta de idoneidad.

Esto es, la aptitud para ejercer funciones jurisdiccionales no solo depende de las cualificaciones objetivas, sino también del comportamiento ético y el respeto institucional.

La sentencia también invoca los 'Principios de Bangalore sobre la conducta judicial', aprobados por Naciones Unidas, que establecen que la idoneidad para el cargo judicial implica no solo competencia jurídica, sino también integridad, respeto institucional y conducta profesional impecable.

El mensaje institucional es claro: no basta con conocer el Derecho: hay que demostrarlo también en las formas, el tono y el respeto hacia quienes integran el engranaje judicial

Disculpas insuficientes

Uno de los argumentos centrales del recurrente fue que se había disculpado ante la funcionaria y ante el tribunal. Sin embargo, tanto la Comisión de Calificación como el Tribunal Supremo coincidieron en que estas disculpas no eran suficientes para revertir el juicio de inidoneidad, especialmente porque los correos no fueron una única explosión emocional, sino una serie de comunicaciones ofensivas mantenidas a lo largo del tiempo.

El Tribunal apuntó que una falta aislada podría ser valorada en su contexto, pero la reiteración y la gravedad de las expresiones utilizadas reflejan una actitud incompatible con los valores que deben regir el poder judicial.

Imagen | Marcos Merino mediante IA

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