Guía de Renta 2024: calendario, pasos previos y cómo prepararte para la declaración de 2025
Publicado el 29/03/2025 por Diario Tecnología Artículo original
Te traemos una guía de preparación para la declaración de la Renta 2024, que es la que vamos a tener que hacer en este 2025 en relación al pasado año fiscal. En este texto te explicaremos los principales pasos previos que debes dar antes de pedir el borrador si quieres hacerla a través de Internet, para tenerlo todo preparado.
Vamos a enfocar esta guía en esas personas que no tienen muchos conocimientos tecnológicos, pero que quieren tenerlo todo preparado para poder hacer la declaración por Internet. Te diremos todo, desde las fechas clave de la campaña hasta los certificados que debes tener y cómo obtenerlos, así como algunas dudas que puedas tener.
Índice de Contenidos (12)
- Cuándo empieza la campaña de la Renta
- Cómo saber si tienes que hacer la declaración
- Solicita tu certificado digital si aun no lo tienes
- Pide tu certificado digital por el móvil
- Pide tu certificado digital por Internet
- También puedes usar el DNI electrónico
- Consulta tus datos fiscales
- Usa el simulador de la reclaración
- ¿Debes declarar tus Bizum?
- Declarar las Letras del Tesoro
- Qué pensiones no hay que declarar
- Obtén tu número de referencia
Cuándo empieza la campaña de la Renta
Vamos a empezar recordándote cuándo puedes pedir el borrador de la Renta, y así hacer tu declaración. Cada año la campaña de la Renta tiene sus propias fechas y plazos, y vamos a decirte cuál es el calendario de la Renta 2024, que es esa cuya declaración haremos en 2025.
- Consulta de datos fiscales: Sin anunciar, pero posiblemente a mediados de marzo.
- Solicitud de número de referencia: Puedes hacerlo a partir del 12 de marzo.
- Declaración de la Renta por Internet: Podrás realizarla desde el 2 de abril hasta el 30 de junio 2025.
- Declaración de la Renta por teléfono: Podrás realizarla desde el 6 de mayo hasta el 30 de junio 2025.
- Declaración de la renta presencial: Podrás realizarla desde el 2 de junio hasta el 30 de junio 2025.
Y ahora, te vamos a decir cómo puedes solicitar cita previa para la renta telefónica y presencial.
- Cita previa para declaración telefónica: Podrás solicitar una cita previa para hacer tu declaración por teléfono, llamando a los números 91 535 73 26 / 901 12 12 24 o 91 553 00 71 / 901 22 33 44.
- Cita previa para declaración presencial: Podrás solicitar una cita previa para hacer tu declaración de forma presencial, llamando a los números 91 535 73 26 / 901 12 12 24 o 91 553 00 71 / 901 22 33 44.
Cómo saber si tienes que hacer la declaración
Vamos a decirte ahora los casos en los que tienes que hacer la declaración de la Renta. Para empezar, si has hecho la declaración en años anteriores seguramente tengas que seguir haciéndola. Esta es la parte fácil, aunque la obligación de presentarla depende también de otros factores como tu cantidad de ingresos, tus retenciones o si tienes derecho a deducciones fiscales.
Para saber si tienes que presentar la declaración de la Renta debes tener en cuenta estos factores. Para empezar, debes presentar la declaración si has tenido unos ingresos laborales de 22.000 euros o superiores durante el pasado año fiscal.
Esto se aplica tanto a cuando solo has tenido un pagador como cuando tienes más de uno, pero la suma de lo que has recibido de todos ellos más allá del principal no superen los 1.500 euros anuales. Si superan los 1.500 euros anuales, entre tus otros trabajos, entonces el límite es de 14.000 euros.
Una de las novedades de la Renta 2024 es que tienes que hacer la declaración si estás en el paro, incluso si no superas esos 22.000 euros anuales. Antes había excepciones para los parados, pero ahora ya no.
Con todo esto, cualquier ciudadano que reciba una prestación pública, o los trabajadores que cobren alguna ayuda, van a tener que hacer el modelo 100 obligatoriamente. Tendrán que hacer la declaración de la Renta. Esta medida entra en vigor el 1 de noviembre del 2024, por lo que ya afecta a la campaña del año que viene.
Si recibes algún tipo de pensión compensatoria del cónyuge o el cheque para alimentos el límite es también de a partir de 14.000 euros anuales, así como si la empresa que te paga no está obligada a realizar retenciones, o cuando percibas rendimientos íntegros del trabajo que estén sujetos a un tipo fijo de retención.
Si recibes otros rendimientos económicos además de tu sueldo la cosa cambia un poco, aunque dependiendo del tipo de rendimiento. Si tienes rendimientos de capital mobiliario (dividendos de acciones o intereses en tus cuentas) o ganancias patrimoniales (por vender una vivienda, por acciones, fondos de inversión, loterías y premios, etc) de 1.600 euros o más, entonces también vas a tener que hacer la declaración.
También debes hacer la declaración cuando recibas rentas inmobiliarias imputadas, que son las no habituales y que no estés alquilando. También cuando recibas subvenciones para adquirir viviendas de protección oficial, cuando tengas ganancias de ayudas públicas o beneficios por comprar Letras del Tesoro cuyos beneficios sumados lleguen a 1.000 euros o los superen.
Y si estás cobrando el Ingreso Mínimo Vital, entonces también tendrás que hacer obligatoriamente la declaración de la Renta. Tendrás la obligación tú y tendrán la obligación todos los integrantes de tu unidad de convivencia, ya que todos os estáis beneficiando de esta ayuda.
Solicita tu certificado digital si aun no lo tienes
Para hacer cualquier trámite online con la Agencia Tributaria, incluyendo solicitar y presentar el borrador, necesitas un certificado digital para identificarte como persona física. La mejor opción y la más popular es usar el certificado de la FNMT, y si no lo tienes puedes conseguirlo de varias maneras.
Pide tu certificado digital por el móvil

La primera opción para pedir tu certificado es usar la app de Certificado Digital FNMT, disponible en la App Store para tu iPhone y en Google Play para Android. Dentro, pulsa en Solicitar Certificado Digital, y verás distintas opciones con las que vas a poder solicitarlo.

El método más sencillo al usar la app es obtener tu certificado digital leyendo el DNI. Para hacerlo solo debes escribir tu número de DNI, usar un correo electrónico y verificarlo, y proceder con la identificación. En esta identificación, tendrás que el código CAN y el PIN de tu DNI, y terminarás escaneando el DNIe con el NFC de tu móvil para identificar su chip y verificarlo.
El otro proceso es el de solicitar el certificado con videollamada, aunque tiene un coste de 2,99 euros y no es gratuito. En este caso, realizarás una videollamada con la que mostrar tu cara junto al DNI, y así poder identificarte y enviarte el certificado digital. Con ambos métodos, al final recibirás el certificado en tu móvil para usarlo cuando quieras.

Y cuando ya lo tengas en la app, también puedes enviarlo a otro dispositivo, como por ejemplo enviarlo a tu ordenador para tenerlo ahí. Para hacerlo, en la app pulsa en la opción de Mis certificados instalados en la app, elige el tuyo, y pulsa en Compartir copia de seguridad. Te pedirá generar una contraseña, y luego podrás enviar el certificado a otros dispositivos.
Pide tu certificado digital por Internet

También puedes solicitar el certificado digital entrando en esta página de la FNMT. En ella, puedes elegir solicitarlo con videollamada de identificación, con tu DNI si tienes un lector en el PC, o por el móvil devolviéndote al proceso que te hemos dicho más arriba.
Lo más fácil es hacerlo por vídeo identificación, aunque tiene un precio de 2,99 euros. Para ello, primero tienes que instalar el software de generación de claves desde esta web, que está disponible para Windows, macOS y GNU/Linux. Una vez descargado e instalado el programa, ve a esta página web para solicitar el proceso de obtención del certificado escribiendo tu DNI, tu primer apellido y tu correo electrónico.
Te enviarán un código de solicitud, y con él tendrás que entrar en esta página web y rellenar tus datos. Cuando lo hagas, te realizarán una videollamada en la que tendrás que enseñar el DNI, y que así puedan verlo junto a tu cara y verificar que realmente eres tú. Tras hacerlo, te enviarán el certificado digital.
También puedes usar el DNI electrónico

Como alternativa al de la FNMT, también vas a poder usar el certificado que tienes en tu DNIe o DNI electrónico, siempre y cuando sea uno de los modernos. Para obtenerlo tendrás que ir a una comisaría donde se expidan los DNI, y buscar una máquina de DNIe como la de la foto.
En estas máquinas, solo tendrás que introducir tu DNI y poner el dedo en el lector de huellas dactilares para verificar tu identidad. Cuando lo hagas, verás el proceso que tendrás que ir siguiendo paso a paso, un proceso en el que tendrás que establecer un PIN de seguridad para el certificado.
Una vez activado el DNIe, ya puedes utilizarlo, aunque necesitarás tener unos lectores específicos en el PC o descargar los certificados. Además, los certificados tienen una validez de solo cinco años según la Policía, y una vez caducados tendrás que repetir el proceso en una de las máquinas.
Consulta tus datos fiscales

El paso previo a la Renta más importante es el de revisar tus datos fiscales. Con esto podrás mirar todos los datos que Hacienda ha recopilado sobre ti y tus actividades financieras, los datos que usarán para generar tu borrador, y asegurarte de que todo está bien. Es importante porque aunque estos datos los ha obtenido Hacienda, pueden multarte si están mal en la declaración.

Para ver tus datos fiscales, tendrás que entrar en la web de la campaña de la Renta, cuya dirección es sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/Renta.html. En ella pulsa en la opción Datos fiscales que hay en el apartado Gestiones destacadas. Irás a una pantalla donde tendrás que iniciar sesión usando tu certificado digital, incluyendo el certificado de la FNMT y el del DNIe, la Clave PIN y otros métodos de Clave Móvil, o el número de referencia.

Tras iniciar sesión y decir que vas a ver tus datos, irás a la página donde se te muestran todos tus datos fiscales. En ella podrás ir revisándolos todos para detectar los posibles errores que pueda haber.
No vas a poder hacer cambios ni corregir estos datos desde la web. Para corregirlos tendrás que esperar a tener el borrador de la renta, y luego entrar en él para hacer los cambios pertinentes.

También puedes consultar tus datos fiscales en la app de la Agencia Tributaria, disponible para Android en Google Play y para iOS en la App Store. En ella, tras identificarte pulsa Renta del menú principal, y cuando estés dentro pulsa en la opción Renta 2024 que te aparece arriba del todo. Dentro verás la opción de Datos fiscales para acceder a ellos.
Usa el simulador de la reclaración

Otra herramienta que tienes disponible es el simulador de la declaración de la Renta. En él vas a poder hacer tu declaración y ver cómo te va a salir, pero también experimentar con todas las dudas que tengas y variaciones que puedas realizar.
El simulador de la Renta 2024 no usa tus datos ni requiere que te identifiques, tendrás que escribir todos los datos a mano. Pero como en el paso previo te hemos dicho cómo conseguir tus datos fiscales, luego puedes usarlos para rellenar el simulador. Además es un simulador no vinculante, y nada de lo que hagas en él se reflejará en tu declaración.
Para usar el simulador, puedes entrar directamente por este enlace. Una vez dentro de la web, tienes que elegir crear una nueva declaración o cargar una ya creada. Si es la primera vez que usas el simulador, crea una nueva. Pero debes saber que luego tendrás la opción de guardarla y cargarla después con todos los datos que hubieras escrito.

Hay un paso previo en el que tendrás que escribir los datos identificativos tuyos y de tu familia, y luego ya pasarás a la página del simulador. Esta herramienta no usará los datos que Hacienda tiene sobre ti, y tendrás que ir rellenando a mano todos los campos que te piden. Para hacerlo debes pulsar en cada número para ir a la página con los detalles, y donde escribir las cifras concretas.
¿Debes declarar tus Bizum?

Bizum es el gran estandar que usan los bancos españoles para poder enviar dinero entre cuentas bancarias con solo usar el número de teléfono. Hay casos en los que debes declarar el dinero que recibes por Bizum, algo que es independiente de los límites que tiene la plataforma, pero es importante saberlo para evitar multas de Hacienda.
Tal y como te hemos explicado, hay tres situaciones en las que tendrás que declarar los pagos hechos y recibidos a través de Bizum en tu declaración de la Renta, que son situaciones que también afectan a otras plataformas con las que enviar dinero. Son estos:
- Cuando envías o recibes más de 10.000 euros al año. Cuando lo haces, incluso será tu propio banco el que informe a Hacienda de tus movimientos, por lo que es importante que luego los reflejes en tu declaración.
- También deberás declarar tus Bizum si usas la plataforma para recibir ingresos con rentabilidad económica, como por ejemplo los pagos de un alquiler que alguien te pueda hacer por aquí por comodidad.
- Y el tercer caso es si eres autónomo, trabajador por cuenta propia, y si usas Bizum para cobrar tus servicios o tus ventas. En estos casos, es importante también que el ingreso se acompañe por el correspondiente IVA e IRPF.
Solo vas a tener que declarar el dinero que has enviado o recibido en estos casos específicos. Vamos, que si solo envias dinero a amigos y familiares de vez en cuando no debes ni preocuparte ni declarar. Por lo menos a no ser que superes ese total de 10.000 euros al año.
Los ingresos por Bizum se declaran igual que si fueran en metálico, mediante cheques, transferencias o cualquier otra vía. Por lo tanto, los ingresos de más de 10.000 euros se declaran como dinero que te han enviado. Y si el dinero lo has recibido por servicios o ventas, entonces debes acompañar el ingreso con el correspondiente IVA o IRPF.
Declarar las Letras del Tesoro
Las Letras del Tesoro son un producto de inversión muy atractivo al ofrecer una buena rentabilidad con los mínimos riesgos. Y si has invertido en ellas, conviene saber qué pasa con las Letras del Tesoro en la Renta, de cómo tributan y cuánta retención tienen.
En primer lugar, las Letras del Tesoro se declaran en el año fiscal en el que las cobras, no en el que las compras. Si compraste letras en 2024 y luego las cobras en 2025, tendrás que declararlas en la declaración que hagas en 2026, que es la que pertenece al año fiscal anterior.
Se consideran "activos financieros emitidos al descuento o de rendimiento implícito", lo que quiere decir que debes declarar la diferencia entre lo que pagaste por ellas y lo que recibiste al amortizarlas, ya que son un rendimiento de capital mobiliario.
Por ejemplo, si compras Letras del Tesoro por un valor de 10.000 euros y las vendes al año siguiente por 10.400 euros, tu rendimiento obtenido son 400 euros. Entonces, lo que debes declarar es solo el rendimiento, y no todo el total que has recibido o que hayas invertido. Y dependiendo de cuánto sea se le aplicará un tramo de IRPF u otro.
Las Letras del Tesoro deberán declararse de forma informativa rellenando el modelo 192 de Hacienda, un trámite que se realiza al comenzar el año. Y después, las ganancias se tributarán a la Agencia Tributaria en la declaración de la Renta, y lo normal al haber informado de ellas es que te aparezcan en el borrador.
Estos son los tramos establecidos dependiendo de las ganancias que obtengas:
- 19% de retención para ganancias de menos de 6.000 euros.
- 21% de retención para ganancias entre 6.000 y 50.000 euros.
- 23% de retención para ganancias entre 50.000 y 200.000 euros.
- 26% de retención para ganancias superiores a 200.000 euros.
Qué pensiones no hay que declarar
Casi todas las pensiones que recibas las vas a tener que declarar en la campaña de la Renta. Sin embargo, hay algunas pensiones que no hay que declarar, ya que no tributan en el IRPF. Las pensiones exentas del IRPF son las siguientes:
- Pensiones derivadas de medallas y condecoraciones que se hayan concedido a personas que han sido víctimas del terrorismo.
- Pensiones para mutilados o lesionados debido a la Guerra Civil, ya sea por el "Régimen de Clases Pasivas del Estado" o quienes hayan sido amparados por la legislación especial para ese efecto.
- Pensiones de incapacidad permanente, siempre y cuando sean gestionadas por la Seguridad Social u organismos que la sustituyan. Aquí, son las de incapacidad permanente absoluta o las pensiones de gran invalidez.
- Pensiones por inutilidad o incapacidad permanente que pertenezcan al Régimen de Clases Pasivas cuando la enfermedad o lesión por la que tengas la pensión te inhabilite por completo y no puedas tener ninguna profesión u oficio.
- Pensiones por nacimiento, por cuidar menores, por cuidar al lactante, y otras prestaciones familiares no contributivas. También las pensiones y haberes pasivos por orfandad y a favor de nietos o hermanos, para menores de 22 años o personas incapacitadas para todo trabajo.
Estas pensiones no deben aparecer en la declaración de la Renta. Esto quiere decir que si cobras alguna de ellas, siempre debes comprobar en el borrador que no se haya añadido el cobro de la pensión en la parte de rendimientos de trabajo, porque entonces será un borrador erróneo.
Obtén tu número de referencia

Por último, también debes saber el número de referencia para tu declaración. El número de referencia tiene seis dígitos, y sirve para poder gestionar cualquiera de los servicios relacionados con esta campaña de la Renta.
Para ver tu número de referencia desde tu móvil, debes ir a la aplicación de la Agencia Tributaria. En ella, pulsa la opción de ver tu perfil arriba a la derecha. Al entrar en tu perfil, el número aparecerá justo debajo del cuadro donde está tu nombre.
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