El gran drama silencioso de España con las olas de calor: trabajadores muriendo durante su jornada laboral
Publicado el 01/07/2025 por Diario Tecnología Artículo original
España está viviendo su primera ola de calor del año y, con ella los recordatorios sobre el alto riesgo de sufrir golpes de calor y otros accidentes laborales como resultados de las altas temperaturas.
España es territorio tradicionalmente aclimatado a las altas temperaturas, y por ello se tiende a menospreciar el riesgo de exponerse al sol o a ignorar los episodios de altas temperaturas. Por el momento, los cuatro días de la ola de calor que castiga a España ya se ha cobrado la vida de cinco trabajadores por golpes de calor, según los últimos datos de CCOO.
Trabajos en exterior y lugares mal acondicionados. Según la información de CCOO, cuatro de las cinco víctimas fallecidas en accidentes de trabajo, mostraron síntomas de haber sufrido golpes de calor como consecuencia de realizar trabajos en exteriores y en horas de máxima exposición al calor.
El quinto fallecido se encontraba en el interior de una nave industrial sin la suficiente ventilación ni protección térmica, lo cual convierte a estas instalaciones en hornos durante el verano y en frigoríficos durante el invierno.
Según declaraciones recogidas por el Eldiario.es "dijo que le dolía la cabeza y que iba al servicio. Cuando fueron a buscarle estaba tendido en el suelo, intentaron reanimarle, pero había fallecido". Fuentes de CCOO aseguraban que "la nave tiene tejado de chapa, no está dividida y no tiene aire acondicionado, por lo que se concentra mucho el calor. José nos había dicho que pasaban mucho calor en verano y frío en invierno, y lo habíamos denunciado a la empresa".
La prevención no es un capricho. Tras las modificaciones de la sobre la Ley de Prevención de Riesgos Laborales aplicadas en 2023 por el Real Decreto-ley 4/2023, se establecieron una serie de medidas de prevención diseñadas específicamente para proteger a los empleados durante los cada vez más habituales episodios de altas temperaturas. A diferencia de otros riesgos laborales, los episodios de calor son previsibles gracias a los pronósticos meteorológicos, por lo que las empresas pueden (y deben) aplicar planes de acción para adaptarse a ellos.
En el artículo 4.2 del Estatuto de los Trabajadores, se establece que la empresa debe garantizar a los empleados "su integridad física y una adecuada política de prevención de riesgos laborales", mientras que la Ley de Prevención de Riesgos Laborales exige a las empresas "tomar medidas adecuadas para la protección de los trabajadores que trabajen al aire libre o en lugares que no puedan cerrarse". Además, la normativa contempla el extremo de poder cancelar temporalmente la actividad laboral "en aquellos casos en que no pueda garantizarse de otro modo la debida protección de la persona trabajadora".
Todo comienza cuando la AEMET da el aviso. La normativa de 2023 establece que la Agencia Estatal de Meteorología (AEMET) será la encargada de establecer el nivel de alerta que obliga a las empresas a activar distintos protocolos por altas temperaturas. Cuando este organismo activa las alertas de Nivel naranja o Nivel rojo por episodios de altas temperaturas, las empresas de los territorios afectados por esa alerta deben activar sus protocolos de prevención de riesgos laborales por estrés térmico.
Tal y como recordaba la Ministra de Trabajo y Economía Social, esa activación indica que las empresas están obligadas por ley a:
- Facilitar la flexibilidad horaria o redistribuir la jornada para evitar las horas de máxima exposición. Esto se consigue bien adelantando la hora de entrada o retrasando la hora de salida habitual, así como cambiando la actividad a zonas interiores adecuadas o con menor exposición a las altas temperaturas.
- Cuando no sea viable adaptar la jornada laboral, la empresa se puede optar por reducir la jornada durante los periodos de alerta, pudiendo recuperar ese tiempo de ajuste cuando finalice el episodio de calor.
- La medida más drástica es la interrupción total de la jornada laboral cuando no se puede aplicar ninguna de las medidas de alivio anteriores, pero es de obligado cumplimiento si las condiciones climáticas pueden poner en riesgo la salud de los empleados.
Prevención del calor en interiores. No estar expuesto al sol directo no significa que no puedan producirse golpes de calor, sobre todo en lugares como cocinas o puestos de trabajo en los que se está expuesto a fuentes de calor. El Anexo III del Real Decreto 486/1997, de 14 de abril, establece las disposiciones mínimas de seguridad y prevención de estrés térmico para trabajos que deban realizarse en interiores.
En términos generales, se establece unos límites de entre los 17 y 27º para trabajos sedentarios y de entre 14 a 25º para los trabajos ligeros, así como sistemas de ventilación y climatización suficientes para mantener esa temperatura durante toda la jornada laboral.
Responsabilidades y obligaciones. En caso de episodios de calor extremo, la normativa establece que las empresas son responsables de la aplicación de las medidas de prevención adecuadas para proteger a los empleados del estrés térmico. El incumplimiento de esa responsabilidad conlleva sanciones para la empresa que van desde los los 2.451 euros hasta los 49.180 euros para las infracciones consideradas como graves, y hasta los 983.736 euros para las infracciones muy graves.
Por otro lado, los empleados tienen la obligación de asegurar su cumplimiento y denunciar su incumplimiento, además de adoptar otras medidas de protección adicional, como mantener una adecuada hidratación aunque no se tenga sed durante los episodios de más calor y respetar los tiempos de descanso en lugares frescos.
Imagen | Unsplash (Nik)
utm_campaign=01_Jul_2025"> Rubén Andrés .