Ya sabemos cuándo se podrá presentar la declaración de la Renta este 2025: estas son las fechas claves y sus novedades
Publicado el 08/01/2025 por Diario Tecnología Artículo original
La Renta 2024 está a la vuelta de la esquina. En pocos meses los contribuyentes que estemos obligados a presentar la declaración de la Renta tendremos que realizar cuentas para completar el modelo 100 para saber si este año sale a pagar o a devolver. Y decimos que está a la vuelta de la esquina porque ya conocemos el calendario de presentación que se ha publicado en la web de la Agencia Tributaria.
Según el calendario publicado, la Renta 2024, que corresponde a la campaña de la Renta de este 2025, se realizará entre el 2 de abril y el 30 de junio. De esta manera, se adelanta un día con respecto al año anterior cuando empezó el día 3 de abril (aunque acabó un día más tarde: el 1 de julio).
La Renta se adelanta un día, este 2025
De esta manera, a partir del día 2 de abril todos los contribuyentes van a poder acceder a su borrador de la Renta a través de la web de la Agencia Tributaria en el programa Renta Web o a través de la aplicación móvil.
En el caso de que quieras hacer la Renta a través de una llamada telefónica la campaña se iniciará a partir del 6 de mayo (con posibilidad de pedir cita días antes). La posibilidad de acudir presencialmente a una oficina de Hacienda también se mantiene, aunque para ello se va a tener que esperar hasta el día 2 de junio.
Sea cual sea el método que se use, el último día para poder completar este procedimiento tributario acabará el 30 de junio. Es importante destacar que como ocurre otros años en el caso de que vayan a domiciliar el ingreso de la Renta el plazo máximo será el 25 de junio.
Entre las novedades que tenemos este año destaca que todas las personas desempleados que estén cobrando alguna prestación pública van a tener que presentar la Renta obligatoriamente. Da igual que el importe de las prestaciones haya sido muy bajo. Aquí se incluyen también a todos los autónomos y también a los beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital (IMV).
Además, cabe recordar que los contribuyentes que están obligados a presentar la Renta si se ha obtenido una renta de más de 22.000 euros en un pagador o 15.876 euros de dos o más pagadores. Además, en los segundos o siguientes pagadores se ha elevado el límite de pago de 1.500 euros a 2.500 euros.
Imágenes | Iryna Tysiak 2H Media
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